Las instalaciones eléctricas en ferias y stands temporales deben cumplir con una serie de requisitos específicos para garantizar la seguridad y el correcto funcionamiento durante su uso. Estas instalaciones están reguladas por la Instrucción Técnica Complementaria (ITC-BT-34) del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), aprobado por el Real Decreto 842/2002 y modificado en varias ocasiones para adaptarse a las nuevas necesidades de seguridad y eficiencia energética.
Requisitos Generales
Diseño y Montaje de la Instalación
- Planificación: Toda instalación debe contar con un proyecto o memoria técnica, dependiendo de su complejidad, elaborado por un profesional habilitado. Este proyecto debe incluir un esquema detallado de la instalación y un plan de contingencia en caso de emergencia.
- Instaladores Cualificados: Solo personal autorizado y con las acreditaciones necesarias puede llevar a cabo la instalación y el mantenimiento. Es fundamental que las conexiones y los sistemas de protección se realicen conforme a la normativa vigente para evitar riesgos eléctricos.
- Elementos de Protección: Se deben instalar dispositivos de protección contra cortocircuitos, sobrecargas y sobretensiones, así como sistemas de protección diferencial para prevenir choques eléctricos. Estos dispositivos deben ser accesibles y estar claramente identificados para facilitar su inspección y mantenimiento.
Condiciones de Seguridad
- Protección Contra Choques Eléctricos: Los equipos y materiales deben estar adecuadamente aislados y protegidos contra contactos directos e indirectos. Las partes metálicas accesibles deben estar conectadas a una toma de tierra para evitar riesgos en caso de fallos de aislamiento.
- Distribución de Cargas: Es necesario equilibrar la distribución de cargas entre los distintos circuitos para evitar sobrecargas y garantizar el correcto funcionamiento de la instalación.
- Señalización: Las instalaciones deben estar claramente señalizadas, indicando las zonas de riesgo y los dispositivos de corte de emergencia. Esta señalización es crucial para la seguridad de los usuarios y el personal que trabaja en el evento.
Requisitos Específicos para Diferentes Tipos de Instalaciones
Instalaciones de Alumbrado
- Luminarias y Sistemas de Iluminación: Deben estar diseñados para evitar deslumbramientos y proporcionar un nivel de iluminación adecuado a cada tipo de actividad. Las luminarias deben tener una protección mínima de IP44 para garantizar su resistencia a las condiciones ambientales.
- Alumbrado de Emergencia: Es obligatorio instalar sistemas de alumbrado de emergencia en zonas de gran afluencia, garantizando un nivel de iluminación adecuado para la evacuación en caso de fallo del suministro eléctrico.
Instalaciones de Potencia para Equipos y Máquinas
- Distribución de la Potencia: Se deben utilizar cuadros eléctricos adecuados para la distribución de energía, con protecciones específicas para cada circuito. Los cuadros deben ser accesibles y estar protegidos contra manipulaciones indebidas.
- Conexiones Seguras: Los cables y conectores deben ser de alta calidad y estar protegidos contra impactos y condiciones adversas. Las conexiones temporales deben estar bien aseguradas para evitar accidentes.
Instalaciones para Estructuras Temporales
- Sistemas de Sujeción y Protección Mecánica: Los cables deben estar sujetos adecuadamente y protegidos contra posibles daños mecánicos, especialmente en puntos de tránsito o en estructuras móviles.
- Evitar Riesgos de Incendio: Los materiales empleados deben ser no propagadores de la llama. Es recomendable utilizar cables y canalizaciones que cumplan con las normativas de resistencia al fuego y al calor.
Normativa Aplicable y Referencias
Las instalaciones eléctricas temporales en ferias y stands deben cumplir con la ITC-BT-34, que establece las condiciones técnicas y garantías de seguridad para estos montajes. Además, es fundamental considerar otras normativas relacionadas, como la ITC-BT-28 para locales de pública concurrencia y la ITC-BT-29 para locales con riesgo de incendio o explosión.
Estas normativas están contenidas en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (Real Decreto 842/2002) y sus posteriores modificaciones, como el Real Decreto 298/2021, que actualiza y complementa algunos requisitos específicos para instalaciones provisionales y temporales.