Guía Esencial para la Recarga de Vehículos Eléctricos: Claves de la ITC-BT-52 del REBT

El auge de los vehículos eléctricos (VE) ha transformado la forma en que nos movemos y, por supuesto, ha generado nuevas necesidades en nuestras instalaciones eléctricas. Para garantizar la seguridad y el correcto funcionamiento de los puntos de recarga, el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) cuenta con una instrucción técnica complementaria clave: la ITC-BT-52. Esta guía se enfoca en las prescripciones específicas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Este artículo te ofrece las claves esenciales de la ITC-BT-52, basadas en las guías de aplicación del REBT.

¿Qué cubre la ITC-BT-52?

La ITC-BT-52 establece las reglas para las instalaciones nuevas destinadas a la alimentación de estaciones de recarga de vehículos eléctricos, así como para la modificación de instalaciones ya existentes que se alimenten de la red de distribución de energía eléctrica. No es aplicable a sistemas de recarga por inducción ni a instalaciones que produzcan desprendimiento de gases durante la recarga. Tampoco aplica a instalaciones alimentadas por redes independientes de la red de distribución de corriente alterna usual (como corriente continua, corriente alterna ferroviaria o fuentes renovables con almacenamiento).

La Documentación es el Primer Paso: Proyecto o Memoria Técnica de Diseño

Antes de iniciar cualquier ejecución de una instalación de recarga, ya sea nueva o una modificación, es fundamental preparar la documentación técnica necesaria. Esta documentación debe presentarse en forma de Memoria Técnica de Diseño (MTD) o de Proyecto, según corresponda de acuerdo con lo establecido en la ITC-BT-04.

Esta documentación técnica debe incluir obligatoriamente el esquema de conexión que se va a utilizar para la instalación de recarga. La Guía ITC-BT-04 detalla qué tipo de instalación requiere Proyecto o MTD en función de sus características.

¿Dónde se puede instalar un punto de recarga? Consideraciones Importantes

La instalación de puntos de recarga en locales privados, como garajes individuales o comunitarios, es muy común. La operación de recarga de baterías puede realizarse en locales privados siempre que dicha operación se realice sin desprendimiento de gases durante la recarga y que dichos locales no estén clasificados como locales con riesgo de incendio o explosión según la ITC-BT-29. En estos locales privados, se debe colocar un cartel reflectante en el punto de recarga que indique que no está permitida la recarga de baterías con desprendimiento de gases.

En el caso de garajes existentes con ventilación forzada o con ventilación natural y más de 5 plazas de aparcamiento, el profesional (proyectista o instalador con MTD) debe revisar el proyecto original del garaje. El objetivo es comprobar si el garaje está «desclasificado» (es decir, no se considera un local con riesgo de incendio o explosión por tener suficiente ventilación) y si se siguen cumpliendo las condiciones de ventilación que permitieron esa desclasificación. Si no se puede verificar que el garaje está desclasificado, será necesario realizar un proyecto de desclasificación según la ITC-BT-29.

Infraestructura y Pre-instalación en Garajes

Para los garajes de nueva construcción en régimen de condominio, la normativa sobre la pre-instalación se coordina con el Código Técnico de la Edificación (CTE), sección HE6, que establece los porcentajes requeridos según el uso del garaje (residencial o otros).

Si se desea realizar una pre-instalación para un número de plazas considerablemente alto (mayor que el mínimo reglamentario y superior al 50% del total de plazas), se puede seguir lo indicado en el Anexo 2 de la GUÍA ITC-BT 52 para la previsión de cargas. Se recomienda que los elementos comunes a instalar, como las canalizaciones y los módulos de reserva, sean contemplados desde el inicio. Las canalizaciones para derivaciones individuales deben tener una sección nominal que permita ampliar la sección de los conductores inicialmente instalados en un 100%. Los diámetros exteriores nominales mínimos de los tubos en derivaciones individuales serán de 32 mm.

Protecciones Eléctricas y Seguridad: Un Aspecto Crítico

La seguridad es primordial. La ITC-BT-52 aborda la necesidad de protecciones adecuadas. La protección contra sobreintensidades para cada toma de corriente o conector puede estar integrada en el interior de la propia estación de recarga (SAVE), siendo la elección de sus características responsabilidad del fabricante. Adicionalmente, se requiere protección para el circuito de alimentación a la estación de recarga.

El circuito que alimenta el punto de recarga debe ser un circuito dedicado y no debe usarse para alimentar ningún otro equipo eléctrico, salvo los consumos auxiliares relacionados con el propio sistema de recarga (entre los que se puede incluir la iluminación de la estación de recarga).

En instalaciones con más de 5 estaciones de recarga, el proyectista debe estudiar la necesidad de instalar filtros de corrección de armónicos para mantener la distorsión armónica de la tensión dentro de los límites y evitar perturbar la red de distribución o las comunicaciones del sistema de telegestión de los contadores. Se recomienda reservar un espacio adecuado para un filtro PLC cerca del contador principal para eliminar el ruido.

Se especifican grados de protección (IP, IK) para las instalaciones y equipos. En exteriores, las canalizaciones deben tener un grado mínimo IP4X o IPXXD y IPX4 contra el agua. Las estaciones de recarga y cuadros asociados requieren un mínimo de IP4X/IPXXD en interior y IP5X en exterior (contra sólidos) y IPX4 (contra agua). El grado IP no aplica durante la recarga. Los equipos en zonas de circulación de vehículos deben protegerse contra impactos mecánicos elevados (AG3), mediante ubicación, envolventes robustas o barreras. Se busca evitar la utilización de prolongadores o adaptadores por parte de los usuarios, por lo que la instalación fija debe contar con las bases de toma de corriente o conectores necesarios según el modo de carga y ubicación.

Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y Documentación para el Usuario

Una vez finalizada la instalación, el instalador autorizado debe emitir el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE). Este certificado es fundamental para la legalización y puesta en servicio de la instalación. Además, el CIE debería recoger la potencia máxima admisible de la totalidad de la instalación una vez terminada. La empresa instaladora debe entregar al titular un anexo al certificado con instrucciones de uso y mantenimiento, incluyendo un esquema unifilar y un croquis del trazado. El titular de la instalación debe recibir documentación que refleje sus características fundamentales, trazado, instrucciones y precauciones de uso.

En Resumen: Puntos Clave de la ITC-BT-52

Cumplir con la ITC-BT-52 no solo es un requisito legal, sino una garantía de seguridad para las personas y la propia instalación eléctrica de tu vivienda o edificio, asegurando un correcto funcionamiento de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Preguntas Frecuentes (FAQs):

  • ¿Qué es la ITC-BT-52? Es la Instrucción Técnica Complementaria del REBT que establece los requisitos específicos para las instalaciones eléctricas destinadas a la recarga de vehículos eléctricos.
  • ¿Necesito un electricista autorizado para instalar un punto de recarga VE? Sí, todas las instalaciones en el ámbito del REBT deben ser realizadas por instaladores autorizados. Además, se requiere la documentación técnica adecuada (MTD o Proyecto).
  • ¿Mi garaje comunitario es adecuado para instalar puntos de recarga? Depende. Si tu garaje no está clasificado como local con riesgo de incendio o explosión según ITC-BT-29 y la carga se hace sin desprendimiento de gases, sí es posible. En garajes grandes o con ventilación forzada, se debe revisar que se cumplan las condiciones de ventilación que permiten la desclasificación o realizar un proyecto específico según ITC-BT-29. Siempre se debe colocar un cartel reflectante indicando que no está permitida la recarga con desprendimiento de gases.
  • ¿Qué documento me garantiza que la instalación de recarga cumple la normativa? El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), emitido por el instalador autorizado al finalizar la obra, confirma que la instalación se ha ejecutado según el REBT y la documentación técnica (Proyecto o MTD).
  • ¿Qué información debería recibir al finalizar la instalación de mi punto de recarga? Además del CIE, el instalador autorizado debe entregar un anexo con instrucciones de uso y mantenimiento, un esquema unifilar de la instalación y un croquis del trazado.
  • ¿Quién se encarga de la protección contra sobreintensidades de la estación de recarga? La protección integrada dentro de la propia estación de recarga (SAVE) es responsabilidad del fabricante. El instalador debe asegurar la protección del circuito de alimentación que alimenta la estación.
  • ¿El circuito de mi punto de recarga puede alimentar otros equipos? No, el circuito que alimenta el punto de recarga debe ser un circuito dedicado, utilizado exclusivamente para la recarga, salvo consumos auxiliares directamente relacionados con la propia recarga (como iluminación de la estación).

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