Requisitos de Iluminación Permanente en Edificios de Viviendas y Garajes

La normativa sobre iluminación en edificios de viviendas y garajes tiene como objetivo garantizar la seguridad y accesibilidad de las personas en estos espacios. A continuación, se detallan los requisitos específicos sobre la necesidad de iluminación permanente en escaleras, pasillos y garajes.

Iluminación permanente en edificios según REBT

Normativa Aplicable

  • Código Técnico de la Edificación (CTE):
  • Documento Básico de Seguridad en Caso de Incendio (DB-SI).
  • Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA).
  • Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT):
  • ITC-BT-28: Instalaciones en locales de pública concurrencia.
  • ITC-BT-29: Instalaciones de alumbrado en locales de características especiales.
  • Norma UNE-EN 12464-1: Iluminación de los lugares de trabajo en interiores.

Iluminación en Edificios de Viviendas

Escaleras y Pasillos

  1. Requisitos Generales:
  • Iluminación Adecuada: Las escaleras y pasillos en edificios de viviendas deben estar adecuadamente iluminados para garantizar la seguridad y la facilidad de uso por parte de los residentes y visitantes.
  • Encendido Controlado: La normativa no requiere que la iluminación en escaleras y pasillos sea permanente, pero sí que sea suficiente y accesible. Se suele emplear iluminación con temporizadores, detectores de movimiento o interruptores en cada planta.
  1. Código Técnico de la Edificación (CTE):
  • DB-SUA: Establece que las zonas comunes de los edificios deben tener un nivel de iluminación que permita el uso seguro de las instalaciones.
  • DB-SI: Indica que las rutas de evacuación, incluyendo escaleras y pasillos, deben estar claramente iluminadas en caso de emergencia mediante un sistema de alumbrado de emergencia que se active automáticamente cuando falle el suministro eléctrico.

Iluminación en Garajes

  1. Requisitos Generales:
  • Iluminación Permanente: En los garajes, especialmente en los accesos y zonas de tránsito de vehículos y personas, se requiere un nivel de iluminación constante para garantizar la seguridad y visibilidad adecuada.
  • Normativa Aplicable: Aunque la normativa específica sobre iluminación permanente en garajes puede variar, generalmente se requiere un nivel de iluminación mínima continua para evitar accidentes y facilitar el movimiento seguro de vehículos y personas.
  1. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT):
  • ITC-BT-29: Instalaciones de alumbrado en locales de características especiales, como garajes, requieren un nivel de iluminación mínimo de 5 lux en zonas de tránsito de vehículos y de 20 lux en zonas peatonales y de estacionamiento.

Conclusiones sobre iluminación permanente en edificios de viviendas y garajes

Escaleras y Pasillos en Edificios de Viviendas

  • No es obligatorio dejar una luz permanente en escaleras y pasillos de edificios de viviendas. Sin embargo, se debe asegurar que estos espacios estén adecuadamente iluminados y que la iluminación sea fácilmente accesible a través de temporizadores, detectores de movimiento o interruptores.

Garajes

  • Sí es recomendable tener iluminación permanente en garajes para garantizar la seguridad y visibilidad adecuada. La normativa sugiere un nivel mínimo de iluminación continua en zonas de tránsito de vehículos y en zonas peatonales y de estacionamiento.

Resumen de Requisitos

EspacioRequisito de Iluminación Permanente
Escaleras y PasillosNo obligatorio, pero deben estar adecuadamente iluminados y accesibles
GarajesRecomendado para garantizar seguridad, mínimo 5 lux en zonas de tránsito de vehículos y 20 lux en zonas peatonales y de estacionamiento

Referencias Normativas

  • Código Técnico de la Edificación (CTE): DB-SI y DB-SUA.
  • Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT): ITC-BT-28 y ITC-BT-29.
  • Norma UNE-EN 12464-1: Iluminación de los lugares de trabajo en interiores.

Para asegurar el cumplimiento de estos requisitos y la seguridad de las instalaciones, se recomienda siempre seguir las guías técnicas y consultar con un Organismo de Control Acreditado (OCA) o el Servicio Territorial de Industria correspondiente.

Deja un comentario

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos.
Privacidad