Procedimiento en Caso de Reforma de Instalación Eléctrica sin Puesta a Tierra en un Edificio Antiguo

Cuando se reforma la instalación eléctrica de una vivienda en un edificio antiguo que no cuenta con una puesta a tierra adecuada, es necesario tomar ciertas medidas para cumplir con la normativa vigente y garantizar la seguridad. A continuación, se detalla el procedimiento a seguir en esta situación.

Normativa Aplicable

  • Real Decreto 842/2002: Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
  • ITC-BT-18: Instalaciones de Puesta a Tierra.
  • Resolución de 26 de diciembre de 2013: Relación de situaciones peligrosas que requieren adaptación al REBT.

Pasos a Seguir

1. Instalación del Cable de Tierra en la Vivienda

En primer lugar, durante la reforma de la instalación eléctrica de la vivienda, es necesario instalar el cable de tierra en toda la instalación interna de la vivienda reformada, a pesar de que el edificio no cuente con una puesta a tierra común.

2. Notificación a la Comunidad de Propietarios

La normativa establece que todas las instalaciones deben contar con una puesta a tierra adecuada. En este caso, es imprescindible notificar a la comunidad de propietarios la necesidad de instalar una puesta a tierra común para todo el edificio. La notificación debe incluir:

  • Descripción del Problema: Explicar claramente que la falta de una puesta a tierra representa un riesgo significativo para la seguridad de los residentes.
  • Normativa Aplicable: Citar las normativas y reglamentos que obligan a contar con una puesta a tierra adecuada (REBT, ITC-BT-18).
  • Propuesta de Solución: Proponer una solución técnica para la instalación de la puesta a tierra común, incluyendo un presupuesto estimado si es posible.

3. Informe Técnico y Plazo de Corrección

En caso de resistencia por parte de la comunidad de propietarios, se debe solicitar un informe técnico emitido por un Organismo de Control Acreditado (OCA) o por una entidad independiente reconocida. Este informe debe detallar los riesgos y la necesidad de implementar la puesta a tierra.

  • Plazo de Corrección: Proponer un plazo razonable (generalmente 6 meses) para que la comunidad de propietarios realice la instalación de la puesta a tierra.

4. Solicitud de Excepción (si es necesario)

Si la comunidad de propietarios se niega a realizar la instalación de la puesta a tierra y existen razones estructurales o de otra índole que imposibiliten dicha instalación, se puede presentar una solicitud de excepción ante el Servicio Territorial de Industria correspondiente.

  • Documentación Necesaria: La solicitud debe incluir un informe detallado exponiendo los motivos por los cuales no se puede realizar la instalación de la puesta a tierra y proponer medidas de seguridad alternativas que garanticen un nivel de protección equivalente.

Procedimiento Detallado

A. Instalación y Notificación

  1. Instalar el Cable de Tierra en la Vivienda:
    • Completar la instalación eléctrica interna de la vivienda con su correspondiente cable de tierra.
  2. Notificar a la Comunidad de Propietarios:
    • Enviar una notificación formal detallando la necesidad de instalar una puesta a tierra común y citando las normativas pertinentes.

B. Informe Técnico y Acciones Correctivas

  1. Solicitar un Informe Técnico:
    • Contratar a un OCA o una entidad reconocida para que emita un informe técnico sobre la necesidad de la puesta a tierra.
  2. Proponer un Plazo de Corrección:
    • Incluir en la notificación un plazo de 6 meses para la instalación de la puesta a tierra común.

C. Solicitud de Excepción (si es aplicable)

  1. Preparar la Solicitud de Excepción:
    • Si la instalación de la puesta a tierra es inviable, preparar una solicitud de excepción con toda la documentación requerida.
  2. Enviar la Solicitud al Servicio Territorial de Industria:
    • Presentar la solicitud ante la autoridad competente para su evaluación y resolución.

Consecuencias y Riesgos

La ausencia de una puesta a tierra adecuada puede representar un riesgo grave para la seguridad de los residentes del edificio, incluyendo:

  • Riesgo de Choque Eléctrico: Mayor probabilidad de choques eléctricos en caso de fallos a tierra.
  • Fallo de Protección Diferencial: Los dispositivos de protección diferencial pueden no funcionar correctamente sin una puesta a tierra adecuada.
  • Responsabilidad Legal: La comunidad de propietarios puede enfrentar responsabilidades legales en caso de incidentes eléctricos derivados de la falta de puesta a tierra.

Conclusión

En un edificio de viviendas antiguo sin puesta a tierra, cuando se reforma la instalación eléctrica de una vivienda y se instala el cable de tierra, es crucial notificar a la comunidad de propietarios sobre la necesidad de instalar una puesta a tierra común. Si la comunidad se niega, se debe solicitar un informe técnico y, si es necesario, presentar una solicitud de excepción ante el Servicio Territorial de Industria, garantizando siempre medidas de seguridad alternativas adecuadas.

Referencias Normativas

  • Real Decreto 842/2002: Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
  • ITC-BT-18: Instalaciones de Puesta a Tierra.
  • Resolución de 26 de diciembre de 2013: Relación de situaciones peligrosas que requieren adaptación al REBT.

Para asegurar el cumplimiento de estos requisitos y la seguridad de la instalación, se recomienda siempre consultar con un Organismo de Control Acreditado (OCA) o el Servicio Territorial de Industria correspondiente.

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