Las inspecciones iniciales de las instalaciones eléctricas de baja tensión son esenciales para garantizar la seguridad y el cumplimiento de las normativas vigentes. A continuación se detallan los casos en los que se requiere una inspección inicial, junto con sus referencias normativas.
Casos Requeridos para Inspección Inicial
Tipo de Instalación | Condición para Inspección Inicial |
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Instalaciones industriales que precisen proyecto | Potencia instalada superior a 100 kW |
Locales de pública concurrencia | Sin límite de potencia |
Locales con riesgo de incendio o explosión de clase I | Excepto aparcamientos de menos de 25 plazas |
Locales mojados | Potencia instalada superior a 25 kW |
Piscinas | Potencia instalada superior a 10 kW |
Quirófanos y salas de intervención | Sin límite de potencia |
Instalaciones de alumbrado exterior | Potencia instalada superior a 5 kW |
Proceso de Inspección
- Ejecución de la Instalación: Las instalaciones deben ser ejecutadas por un instalador autorizado. En el caso de instalaciones que requieran un proyecto, la ejecución debe contar con la dirección de un técnico titulado competente.
- Verificaciones: Una vez finalizada la instalación, el instalador autorizado realizará las verificaciones oportunas, según lo especificado en la ITC-BT-05.
- Inspección Inicial: Las instalaciones especificadas deben ser objeto de una inspección inicial realizada por un Organismo de Control (OCAs) autorizado.
- Emisión del Certificado: Tras la inspección inicial, el Organismo de Control emitirá un Certificado de Inspección. Este certificado es necesario para la documentación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Clasificación de Defectos
Los defectos encontrados durante la inspección se clasifican en:
- Defecto Muy Grave: Constituye un peligro inmediato para la seguridad.
- Defecto Grave: No supone un peligro inmediato, pero puede serlo si se produce un fallo en la instalación.
- Defecto Leve: No supone peligro para las personas o bienes y no perturba el funcionamiento de la instalación.